Las expresiones de disidencia son particularmente heroicas en la medida de que los regímenes en el poder son más autoritarios y tienen menos escrúpulos. Contrariarlos tiene consecuencias y hay quienes lo asumen a pesar de los riesgos, esos son los que construyen futuro.
En Venezuela una norma legitima el derecho a la rebelión frente al autoritarismo. Me refiero al artículo 350 de la Constitución, que autoriza a los ciudadanos —y a quienes visten un uniforme sin dejar de ser ciudadanos— a desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o que menoscabe los derechos humanos.
Es posible que el chavismo lo mantenga en la Constitución como una suerte de justificación histórica de sus infames golpes militares del 4 de febrero y 27 de noviembre de 1992, hechos que con cierta ceguera algunos justificaron en ese momento.
«Debido proceso»
El 350, a pesar de la confusa interpretación que hiciera la sala constitucional para restarle eficacia jurídica, no es un enunciado decorativo, es un mandato. Hay hombres y mujeres que lo tomaron en serio, que lo invocaron con las armas de su convicción y, en algunos casos, con las de su profesión militar, para intentar reponer un orden constitucional que se sabía roto.
Hoy pagan esa coherencia con años de encierro, de tortura y de un proceso judicial que en Venezuela no puede llamarse con honestidad jurídica, «debido proceso».
No es posible leer los expedientes —los que han trascendido, los que las familias han logrado sacar retazo a retazo del silencio oficial— sin reconocer un patrón. No hablo de excesos aislados ni de errores puntuales de la administración de justicia. Hablo de un diseño: detenciones sin orden judicial, incomunicación prolongada, negación de acceso a abogados de confianza, dilación deliberada de audiencias, tribunales militares y ordinarios que no han analizado técnicamente pruebas en años, y cuerpos como el DGCIM funcionando como centros de reclusión de “investigación” y tortura a la vez.
Cuatro nombres
El teniente coronel Igbert José Marín Chaparro, detenido desde marzo de 2018, es quizás el símbolo más crudo de ese diseño. Su historial no es el de un conspirador oscuro: era el oficial con el mejor índice académico de su promoción, comandante de uno de los batallones más importantes del país.
Unn dirigente del oficialismo señaló a Chaparro en televisión nacional, desde entonces su suerte cambió. Incomunicación, negación de medicinas, huelgas de hambre como único recurso para denunciar el deterioro deliberado de su salud, y hasta hoy —según sus propios familiares— sometido a un nuevo juicio sin que el primero haya arrojado jamás una prueba pública y contrastada de los delitos que se le imputan.
El coronel Oswaldo García Palomo, detenido desde 2019 tras una persecución que incluyó la desaparición forzada de su propia familia, antes de que esta lograra exiliarse. Sobre García se han denunciado tortura blanca y psicológica: privación de alimentos e hidratación, aislamiento prolongado, exposición a monóxido de carbono.
Organismos de derechos humanos han identificado con nombre y apellido a los responsables directos de esas condiciones de reclusión, sin que ello haya movido una sola pieza del aparato de justicia que debería investigarlos.
Un mismo patrón
El capitán Juan Carlos Caguaripano, quien el 6 de agosto de 2017 —apenas semanas después de que una Asamblea Nacional Constituyente ilegítima usurpara los poderes del Parlamento electo— lideró la llamada operación David en el Fuerte Paramacay, invocando exactamente eso, el derecho y el deber que consagra el artículo 350 frente a un orden que había dejado de ser constitucional.
En aquel momento, Caguaripano pasó a la clandestinidad. Finalmente lo detuvieron en agosto de ese año, y desde entonces ha denunciado sesiones de tortura documentadas incluso por el Comité contra la Tortura de la ONU. En diciembre de 2025 —ocho años después de los hechos— lo condenaron a 30 años de prisión, la pena máxima del ordenamiento venezolano, en un juicio que sus propios abogados describen como plagado de irregularidades. Su esposa lo resume mejor que cualquier tecnicismo jurídico: nueve años de prisión y doce de ausencia familiar por haber, en sus palabras, acatado la Constitución.
A esa lista se suma el capitán Antonio José Sequea, vinculado a la fallida operación Gedeón de 2020. Sometido también —según múltiples informes de organizaciones de derechos humanos— a violaciones sistemáticas de garantías procesales y a tratos que califican como tortura tanto en la DGCIM como en Rodeo I, donde permanece hasta el momento. Gran parte de sus familiares han sido perseguidos, incluso más allá de las fronteras, y otros asesinados a manos del régimen.
Cumplir con el deber constitucional
Ningún ordenamiento jurídico, ni siquiera el más autoritario en apariencia, puede sostenerse sobre la premisa de que la disidencia se combate con dolor físico, esto es realmente inmoral. La tortura no es solo un crimen de lesa humanidad, es la negación misma de la idea de justicia y civilidad. Cuando el Estado convierte los sótanos de sus organismos de inteligencia en cámaras de castigo, prolonga procesos sin sentencia creíble, mantiene prisioneros incomunicados, hasta el punto de que su familia no sabe si vive; ese Estado dejó de administrar justicia y puso a los ciudadanos a merced del poder que ejerce venganza.
Estos hombres no los detuvieron por sedición. Fue por ejercer el deber constitucional de utilizar las armas de la República, esas que les confiaron para defender la Constitución y las libertades ciudadanas.
Nos defendieron a todos del modelo de Estado mafioso que ha venido conculcando de manera sistemática y generalizada los derechos fundamentales de los venezolanos. Convertir el ejercicio de ese derecho en delitos severamente castigados es sencillamente desconocer los alcances de la norma fundamental. Sus acciones son heroicas y así las deben reconocer en los procesos de reconstrucción de memoria histórica. Tan necesarios cuando retorne la democracia y se recupere la República.
La memoria como forma de justicia
No podemos olvidar el vuelo sobre Caracas de Oscar Pérez con su pancarta reivindicando el 350 de la Constitución, tal vez uno de los actos más significativos de desobediencia y de elevada conciencia por parte de un hombre de armas. Cabe destacar que en dicha acción nunca puso en riesgo la vida de nadie, eso quedó acreditado en las inspecciones que se hicieron en aquel entonces, desmontando la versión del régimen.
No estimo que un artículo cambie el destino de un expediente judicial capturado. Pero sí tengo certeza de que el olvido es la herramienta más eficaz de quienes torturan. Mientras nadie nombre a Marín Chaparro, a García Palomo, a Caguaripano o Sequea, el silencio hace el trabajo que la ley debería impedir si se aplicara con rectitud.
Nombrar y documentar lo que les ha ocurrido, exigir que revisen sus procesos con las garantías mínimas es un acto no solo de justicia, sino de defensa de la dignidad humana.
Venezuela tiene una deuda con ellos, esa deuda no se salda solamente con su libertad plena, se salda con verdad, con la investigación y sanción de quienes amparados en el uniforme del Estado, asumieron la tortura como instrumento del poder.
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