En la aldea
01 abril 2025

Trump enfrenta una batalla judicial por deportaciones aceleradas de venezolanos

Trump usa la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798 para acelerar la deportación de venezolanos, sin pruebas ni debido proceso. Está tratando a refugiados como enemigos de guerra.

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César Báez | 19 marzo 2025

El 15 de marzo de 2025, el presidente Trump invocó la Ley de Enemigos Extranjeros (Alien Enemies Act, AEA) para declarar que el Tren de Aragua (TdA), una banda venezolana, representa una «invasión o incursión depredadora» contra Estados Unidos. En la proclamación, el gobierno etiquetó al TdA como una organización terrorista extranjera, argumentando que miles de sus miembros han ingresado al país y operan con el respaldo del régimen de Maduro.

Esta ley, promulgada en 1798, permite al presidente restringir, detener o deportar ciudadanos de países con los que Estados Unidos está en guerra. Se ha aplicado en contadas ocasiones, principalmente durante las dos guerras mundiales, cuando el gobierno detuvo y deportó a ciudadanos alemanes, italianos y japoneses. Su uso más infame ocurrió durante la Segunda Guerra Mundial, cuando miles de japoneses estadounidenses fueron encarcelados en campos de internamiento, un episodio que hoy se reconoce como una de las mayores violaciones de derechos civiles en la historia del país. Desde entonces, la AEA ha caído en desuso.

La medida ha generado temor en la comunidad migrante venezolana y una inmediata impugnación legal por parte de personas que dicen haber huido precisamente de esa pandilla y que ahora enfrentan una deportación acelerada bajo una ley de tiempos de guerra.

El caso, J.G.G. et al v. Trump et al, pone en cuestión la legalidad y las consecuencias humanas de esta decisión. Los demandantes, identificados con seudónimos en los documentos judiciales, están bajo custodia migratoria y temen ser deportados sin una revisión adecuada de sus casos, ya sea a Venezuela —donde alegan que enfrentarían persecución— o a El Salvador, un país con un sistema penitenciario altamente represivo. Su demanda denuncia que el gobierno los está clasificando como «enemigos extranjeros» sin evidencia clara ni garantías de debido proceso.

Uno de los demandantes, J.A.V., afirma a través de sus abogados que «nunca ha sido miembro del Tren de Aragua» y que, de hecho, fue víctima de la banda, razón por la que huyó de Venezuela. Otro, J.G.G., fue señalado por tener tatuajes que, según él, no tienen relación con el TdA. G.F.F. fue etiquetado como «afiliado» por haber estado en una fiesta durante un operativo de ICE contra un presunto pandillero. Los abogados argumentan que el gobierno está aplicando criterios inconsistentes para determinar quién es miembro de la banda, basándose en conexiones débiles o en simples asociaciones circunstanciales, como haber estado en una casa donde se incautaron armas o donde vivía un supuesto integrante del TdA.

La Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU) presentó rápidamente una demanda impugnando el uso de la AEA, argumentando que la ley fue diseñada para conflictos bélicos y no para aplicarse contra ciudadanos de un país con el que EE.UU. no está en guerra. Además, señalan que la medida viola la Ley de Inmigración y Nacionalidad (Immigration and Nationality Act, INA), que establece procedimientos claros para la deportación y el derecho a solicitar asilo. En otras palabras, el gobierno estaría utilizando la AEA como un atajo para eludir los procesos normales de inmigración y expulsar a personas sin evaluar adecuadamente sus casos.

En una decisión inicial favorable a los demandantes, el juez James E. Boasberg, del Tribunal de Distrito del Distrito de Columbia, emitió una orden de restricción temporal (TRO) el mismo 15 de marzo, bloqueando la deportación inmediata de los venezolanos incluidos en la demanda. También certificó de forma provisional una acción colectiva para incluir a otros migrantes bajo custodia que enfrentan expulsión bajo la AEA.

Tras la decisión inicial, el tribunal ordenó verbalmente que se detuvieran los vuelos de deportación que incluyeran a personas removidas bajo la Proclamación Presidencial. Sin embargo, el gobierno sostiene que las instrucciones orales no son legalmente vinculantes y que cumplió con la orden escrita de forma más limitada. Los abogados de los demandantes, por su parte, han presentado datos de vuelos que indicarían que las deportaciones continuaron después de la decisión del tribunal, lo que sugiere un desafío a la autoridad judicial. Para añadir más tensión, el presidente salvadoreño Nayib Bukele se burló de la orden judicial en redes sociales.

El presidente Trump sugirió el impeachment del juez James Boasberg. Sin mencionarlo por nombre, lo calificó como un “radical de izquierda” y un “agitador”, reforzando su narrativa de que enfrenta un poder judicial sesgado en su contra. La reacción no se hizo esperar: el presidente de la Corte Suprema, John Roberts, emitió un comunicado recordando que el impeachment no es un mecanismo para responder a desacuerdos con fallos judiciales, sino una herramienta reservada para casos de mala conducta grave.

El Departamento de Justicia defiende la legalidad de la medida, argumentando que el presidente tiene autoridad plena bajo la AEA para expulsar a «enemigos extranjeros» y que los tribunales no deberían interferir en decisiones de seguridad nacional. También sostiene que los demandantes no han demostrado un daño irreparable, ya que la deportación en sí misma no cumpliría con ese criterio legal. Además, el gobierno ha evitado proporcionar detalles sobre los vuelos de deportación, citando preocupaciones de seguridad nacional y la posibilidad de invocar el privilegio de secretos de Estado.

En una declaración de un Oficial Supervisor de Detención y Deportación, el gobierno reconoce que muchos de los miembros del TdA expulsados bajo la AEA han pasado poco tiempo en Estados Unidos y que, en muchos casos, no tienen antecedentes criminales en el país. Sin embargo, en lugar de considerar esto como un indicio de que podrían no representar una amenaza, el gobierno argumenta lo contrario: que la falta de información específica sobre cada individuo es precisamente lo que los hace peligrosos. Según esta lógica, no tener pruebas concretas sobre la actividad delictiva de una persona en EE.UU. no es señal de su posible inocencia, sino una razón para su expulsión acelerada.

La declaración también menciona que algunos de los expulsados han sido arrestados o condenados por delitos graves, pero se apoya en registros de ICE que incluyen cargos pendientes o antecedentes en el extranjero, lo que plantea dudas sobre la solidez de la evidencia utilizada. En última instancia, la postura del gobierno parece basarse en una presunción de culpabilidad: la afiliación con el TdA, real o supuesta, es suficiente para justificar la deportación sin necesidad de un proceso judicial detallado.

Mientras tanto, la Corte de Apelaciones del Circuito de D.C. evalúa la apelación del gobierno, y el tribunal de distrito programó una audiencia para el 21 de marzo para revisar el caso más a fondo.

Más allá del resultado legal, esta disputa pone en evidencia hasta qué punto la administración Trump está dispuesta a estirar los límites del poder ejecutivo en materia migratoria, utilizando una ley de guerra contra un grupo criminal sin estatus de actor estatal. También plantea preguntas sobre la arbitrariedad con la que el gobierno clasifica a las personas como miembros de pandillas y hasta qué punto está dispuesto a ignorar protecciones básicas del debido proceso en nombre de la seguridad nacional.

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La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.
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