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26 diciembre 2024

El informe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional, ¿se acaba el tiempo del régimen de Maduro?

Ya se puso en movimiento un cronómetro, y en el primer semestre de 2021 la investigación preliminar estaría culminada. Antes que seguir buscando falsas soluciones con espejismos legales que carecen de relevancia en el Derecho Internacional, el régimen de Maduro -y en especial, los funcionarios civiles y militares que le obedecen- debería empezar a tomarse en serio el informe de la Fiscalía de la Corte Penal Internacional.

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José Ignacio Hernández G. | 15 diciembre 2020

El 14 de diciembre de 2020 la Fiscalía de la Corte Penal Internacionalanunció los resultados de la investigación relacionada con los presuntos delitos de lesa humanidad cometidos en Venezuela, en especial, desde el 2017. La conclusión es contundente: La Fiscalía afirmó que existe “un fundamento razonable para creer que, al menos desde abril de 2017, autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno han cometido los crímenes de lesa humanidad” (párrafo 204).  

¿Y eso qué significa? 

Un poco de historia 

Como expliqué aquí en La Gran Aldea, en 2018 la Fiscalía de la Corte Penal Internacional anunció el inicio de una investigación preliminar relacionada con presuntos delitos de lesa humanidad cometidos por personeros del régimen de Maduro.  

La investigación preliminar, como su nombre lo indica, es la fase preparatoria de la investigación formal sobre presuntos responsables y los delitos cometidos. Antes de poder precisar esta supuesta responsabilidad, la Fiscalía debe recabar la información llamada a determinar si el Estatuto de la Corte -o Estatuto de Roma– aplica.  

En la práctica, pueden identificarse varias fases de la investigación preliminar. La primera fase consiste en la recopilación de documentos relacionados con posibles violaciones al Estatuto, para su depuración y clasificación. La segunda fase implica determinar si, de los hechos recabados, puede concluirse que la Corte Penal podría tener jurisdicción para conocer del asunto, y si existen fundamentos para considerar que se han cometido algunos de delitos tipificados en el Estatuto. Finalmente, la siguiente fase determina si existen investigaciones por parte del Estado en cuyo territorio sucedieron los hechos, y si los hechos son de la gravedad suficiente como para que la Corte pueda conocer de ellos (Artículo 17, Estatuto de Roma). Esto se llama “complementariedad” y, como veremos, es muy importante para el caso venezolano.  

“El principio de complementariedad permite explicar por qué la Corte Penal Internacional puede crear incentivos para una salida negociada a la crisis venezolana”

Superadas estas tres fases, la Oficina del Fiscal podrá entonces iniciar una investigación, cumpliendo para ello con los extremos del artículo 53 del Estatuto, tomando en cuenta, en especial, el interés de la justicia.  Este último informe -que es, en realidad, el paso final de la investigación preliminar y el inicio de la investigación formal- puede ser considerado como una fase adicional a las tres fases ya mencionadas.  

Precisamente, el 14 de diciembre de 2020 la Fiscalía presentó el reporte de investigaciones preliminares del 2020, en el cual incluye información sobre la investigación preliminar de Venezuela. En ese reporte la Fiscalía anunció la conclusión de la segunda fase, lo que implica que la investigación preliminar relacionada con Venezuela entra en la etapa final. Por ello, la Fiscalía informó que espera concluir el examen preliminar “a fin de determinar si existe fundamento razonable para proceder a una investigación durante la primera parte de 2021”.  

Esto es, que en el primer semestre del 2021, la Fiscalía debería completar la fase 3 y, de encontrar méritos suficientes, presentar el informe dando inicio a la investigación formal.  

Las conclusiones de la Fiscalía 

Luego de la recolección de información y demás actividades de investigación entre 2018 y 2020, la Fiscalía llegó a cuatro conclusiones:  

a) Luego de una evaluación detallada y un análisis de la información disponible, la Fiscalía concluyó que existe fundamento razonable para creer que se cometieron crímenes de competencia de la Corte en Venezuela desde al menos abril de 2017.
b) Los diferentes crímenes presuntamente cometidos abarcan diversos hechos, ante lo cual, la Fiscalía se centró en alegatos relacionados al tratamiento de personas detenidas. Respecto de esos casos, la Fiscalía concluye que presuntamente, y al menos desde abril de 2017, “autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno han cometido los crímenes de lesa humanidad de encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional”.
c) En especial, la información a disposición de la Fiscalía “brinda un fundamento razonable para creer que los miembros de las fuerzas de seguridad presuntamente responsables por la comisión material de estos presuntos crímenes incluyen a: la Policial Nacional Bolivariana («PNB»), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional («SEBIN»), la Dirección General de Contrainteligencia Militar («DGCIM»), la Fuerza de Acciones Especiales («FAES»), el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas («CICPC»), la Guardia Nacional Bolivariana («GNB»), el Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro («CONAS») y ciertas otras unidades de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana («FANB»)”.
d) Finalmente, “individuos a favor del Gobierno también participaron en la represión de opositores del Gobierno de Venezuela, o gente percibida como tal, principalmente actuando junto con miembros de las fuerzas de seguridad o con su consentimiento”.

Estas conclusiones coinciden con los informes rendidos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos, el Consejo de Derechos Humanos y la Organización de los Estados Americanos, de acuerdo con los cuales el régimen de Maduro es responsable de graves y sistemáticas violaciones de derechos humanos, en especial, por razones políticas.  

Lo importante es que esas conclusiones son afirmadas por la Fiscalía, quien tiene el poder de iniciar una investigación penal personal contra los responsables de estos delitos dentro del régimen de Maduro. Un paso que, como vimos, debería iniciarse en los próximos meses.  

La defensa de Maduro 

El informe de la Fiscalía también relata las reuniones mantenidas por quien detenta el cargo de Fiscal General de la República, mediante designación de la ilegítima y fraudulenta asamblea nacional constituyente. El sistema de la Corte Penal Internacional forma parte de la Organización de las Naciones Unidas, y como es sabido, es Maduro quien representa a Venezuela en esa Organización, debido a las formalidades -excesivas, por lo demás- del reconocimiento de gobiernos en esta instancia. Esa es la razón por la cual la Fiscal de la Corte se reunió con el Fiscal de Maduro.  

Lo importante es, en realidad, el propósito de esa reunión, que no es otra que la defensa en la cual Maduro -de seguro, con asesoría externa- está adelantando: Demostrar que el sistema de justicia venezolano está investigando los presuntos delitos cometidos.  

Como vimos, la Corte Penal Internacional es complementaria a los sistemas de justicia domésticos, y solo actúa si éstos han fallado. Este requisito se relaciona con el rol que la Corte cumple, cual es la de crear desincentivos para las graves violaciones a los Derechos Humanos. Por ello, la defensa de Maduro -y que su Fiscal está, de seguro, adelantando- es fácil y predecible: Alegar ante la Fiscalía que el Poder Judicial venezolano está investigando los presuntos crímenes cometidos.  

Esta defensa está llamada al fracaso, pues en Venezuela el Poder Judicial no es guardián de los Derechos Humanos: Es copartícipe de la violación de derechos humanos, como lo demuestra el uso instrumental de la justicia por parte del Poder Judicial, desde el ilegítimo Tribunal Supremo de Justicia hasta los Tribunales Penales.  

Un reciente ejemplo de lo anterior es el de Rafael Acosta Arévalo, capitán retirado de la Marina venezolana, cuya muerte ha sido manipulada por el sistema de justicia venezolano, como alertó Amnistía Internacional.  

A la estrategia de Maduro le falta, por ello, un elemento importante: El principio de complementariedad requiere de la existencia de un sistema de justicia autónomo e imparcial, lo que en Venezuela no existe.  

Tampoco bastan señalamientos sobre presuntos delitos cometidos por cuerpos de seguridad como la FAES, según anunció recientemente el ilegítimo Fiscal de Maduro. Lo relevante para el Estatuto de Roma no son presuntos delitos individuales cometidos por la FAES, sino la implementación, como política de Estado, de sistemáticas y graves violaciones a derechos humanos. La única solución a ello es desmontar este sistema de violación -y no formular denuncias individuales dentro del propio sistema de violación de derechos humanos-.  

La Corte Penal y la negociación política 

El principio de complementariedad permite explicar por qué la Corte Penal Internacional puede crear incentivos para una salida negociada a la crisis venezolana, como expliqué en La Gran Aldea. El principio de complementariedad requiere la existencia de un sistema de justicia autónomo e imparcial, y esto solo es posible si se rescatan las competencias de la legítima Asamblea Nacional para reordenar -como lo dispone la Constitución– el sistema de justicia venezolana. Un objetivo que, como es sabido, para por la negociación.  

El informe de la Fiscalía de la Corte pone en movimiento un cronómetro, al anunciar que en el primer semestre del año 2021 la investigación preliminar estaría culminada. Antes que seguir buscando falsas soluciones con espejismos legales que carecen de relevancia en el Derecho Internacional, el régimen de Maduro -y en especial, los funcionarios civiles y militares que le obedecen- debería empezar a tomarse en serio este asunto de la Corte Penal Internacional.  

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La opinión emitida en este espacio refleja únicamente la de su autor y no compromete la línea editorial de La Gran Aldea.
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